Author(s): Committee on Artificial Intelligence (CAI), Council of Europe
Year: 2024
Bibliographic Reference: Committee on Artificial Intelligence (CAI). (2024). Council of Europe Framework Convention on Artificial Intelligence and Human Rights, Democracy and the Rule of Law. Council of Europe.
Categoría asignada: Ética y regulación
Resumen: #
El documento Council of Europe Framework Convention on Artificial Intelligence and Human Rights, Democracy and the Rule of Law, redactado en 2024 por el Comité de Inteligencia Artificial (CAI) del Consejo de Europa, establece un marco legal global para la gobernanza de la inteligencia artificial (IA) con el fin de asegurar que su desarrollo y uso sean consistentes con los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho. Esta convención responde a la creciente preocupación sobre los impactos de la IA en la dignidad humana, la privacidad, la igualdad y la autonomía individual.
El preámbulo del documento subraya que, aunque la IA ofrece oportunidades sin precedentes para mejorar el bienestar humano y promover el progreso tecnológico, también conlleva riesgos significativos. Entre estos riesgos se encuentran la posibilidad de discriminación, la erosión de la privacidad, el uso indebido de la IA para la vigilancia arbitraria y la censura, y el agravamiento de las desigualdades sociales. Este marco busca mitigar dichos riesgos mediante la promoción de principios éticos y el establecimiento de obligaciones claras para los estados miembros.
El primer capítulo define los objetivos de la convención, los cuales se centran en garantizar que todas las actividades relacionadas con los sistemas de IA sean compatibles con los derechos humanos y la integridad de los procesos democráticos. Se establece que los estados deben adoptar medidas legislativas y administrativas para prevenir y mitigar los impactos adversos de la IA. También se incluye una definición operativa de los sistemas de IA como aquellos que utilizan algoritmos para generar resultados que pueden influir en entornos físicos o virtuales.
El segundo capítulo detalla las obligaciones generales de los estados en cuanto a la protección de los derechos humanos. Cada parte debe garantizar que los sistemas de IA respeten la dignidad humana, la igualdad y la no discriminación. Se hace un énfasis particular en la protección de los datos personales y la privacidad, destacando la importancia de contar con salvaguardas adecuadas para evitar el uso indebido de la información generada por los sistemas de IA.
Además, la convención introduce el concepto de transparencia y supervisión, señalando que los sistemas de IA deben ser supervisados de manera adecuada y que los ciudadanos deben ser informados cuando interactúan con IA en lugar de con personas. Esto es crucial para mantener la confianza del público en estas tecnologías y garantizar su uso responsable.
El capítulo tres se centra en los principios aplicables a todo el ciclo de vida de los sistemas de IA, incluyendo el desarrollo, el despliegue y la desactivación de estos sistemas. Se subraya la necesidad de que los sistemas sean diseñados y operados con fiabilidad y que se establezcan mecanismos de rendición de cuentas claros. El documento también insta a los estados a adoptar medidas para superar las desigualdades sociales que puedan ser exacerbadas por el uso de la IA, y a promover una innovación segura que minimice los riesgos para los derechos humanos y el estado de derecho.
Otro aspecto clave del documento es el cuarto capítulo, que trata sobre los mecanismos de reparación y las salvaguardias procesales. Cada estado debe asegurar que las personas afectadas por decisiones tomadas o informadas por IA tengan acceso a recursos legales efectivos. Esto incluye la posibilidad de impugnar las decisiones automatizadas y de presentar quejas ante las autoridades competentes.
Finalmente, el documento destaca la importancia de la cooperación internacional en la supervisión y regulación de la IA. El capítulo siete establece un mecanismo de seguimiento y cooperación entre las partes firmantes, asegurando que los avances tecnológicos sean monitoreados y que se intercambie información relevante sobre los impactos de la IA en los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho.
En conclusión, esta convención representa un paso crucial hacia la gobernanza ética de la inteligencia artificial, estableciendo un marco legal robusto para proteger los derechos fundamentales en la era digital.